sábado, 24 de abril de 2010

Declaración sobre el fallo del Tribunal Internacional de Justicia

Con motivo del fallo de la Corte Internacional de Justicia, y en vísperas del 6to Abrazo al Rio Uruguay, los integrantes del grupo Mingaché queremos manifestar algunas ideas que hemos reflexionado.

- Llegará el día, y no está lejos, en que el derecho a vivir en un ambiente sano sea considerado prioritario ya no sólo por el pueblo sino por nuestros legisladores y guías civiles y espirituales, de modo que ya a nadie se le ocurra conculcarlo.
- Este nuevo tiempo está gestándose en las grietas que deja el modelo civilizatorio reinante y necesita ser alumbrado.
- El cambio hacia un nuevo pensamiento y modo de vida vendrá, por convicción o por padecimiento, como dice Leonardo Boff, pero vendrá.
- Creemos que a este alumbramiento lo producirá el pueblo, movilizado por sus ideales y derechos, en la medida en que comencemos cada uno de nosotros a pensar diferente y encontremos nuevas formas de actuar y de relacionarnos con el ambiente y entre nosotros que en definitiva también somos ambiente.
- El pueblo de Gualeguaychú, con sus aciertos y errores, con sus logros y limitaciones, ha dado, y seguramente seguirá dando, una de las batallas más íntegras y admirables de los últimos tiempos en pro de este alumbramiento.
- Esta lucha desigual contra los grandes poderes del mercado ha sido muy bien comprendida y acompañada por muchos, pero ha sido también mal interpretada o incomprendida por otros que buscan descubrir intereses espurios aún en las acciones más auténticamente populares o por aquellos que intentan “sacar agua para su propio molino”.
- Esta lucha ha obtenido logros que deben enorgullecer al pueblo de Gualeguaychú, logros que llevará tiempo valorar en su justa dimensión, logros que por sí mismos, aún cuando el objetivo final (el desmantelamiento de la única pastera que logró instalarse en la zona) no se haya alcanzado, hacen que tantos esfuerzos y desvelos hayan valido la pena.
- El fallo del Tribunal de la Haya se expide sobre dos puntos diferentes: Por un lado, admite que el país vecino viola un tratado internacional al no consultar a la Argentina sobre la instalación de una pastera que utiliza un recurso compartido por ambos países. Por el otro, alega que no ha sido probado que dicha pastera contamine el río Uruguay, ni su vida animal ni vegetal; es más no emite opinión en relación a la contaminación visual y/o sonora ya que se declara incompetente al respecto.
- La Corte Internacional de Justicia, con una visión legalista y acorde con el modelo imperante, dejó que se perdiera una oportunidad histórica de plantar una bandera en dirección al cambio de paradigma, una bandera que nos hiciera sentir que no estamos solos ni equivocados en la lucha.
- A 18 años de la Declaración de Río y de la Agenda XXI, que incluyó formalmente el acuerdo de los países firmantes sobre el Principio Precautorio, resulta irrisorio, sino provocativo, que la Corte Internacional alegue que no se demostró fehacientemente la relación entre los daños observados en el ambiente y el accionar de la Pastera en cuestión.
- Bajo esta premisa cientificista, pretender dejar el futuro de la salud ambiental de la región en manos de este pretendido monitoreo conjunto ya tiene visas de burla.
- Diferentes medios de comunicación remarcan que este fallo es, para la Argentina, una herramienta a futuro, en función de un monitoreo conjunto y un acuerdo que impida la decisión unilateral de utilizar un recurso compartido o "instalar una pastera". Pero acaso ¿un tratado internacional al que adhieren ambos países no es suficiente herramienta por sí solo? ¿Qué es lo que nos adiciona entonces este fallo?.
- Como ciudadanos nos queda la preocupación y el sabor amargo de haber perdido, el mundo entero, la oportunidad de llevar a cabo un cambio, de hacer prevalecer el interés de proteger el medio ambiente por sobre los intereses económicos.
- La lucha por un ambiente sano es la lucha por la dignidad de las personas, por su salud, por su derecho a la vida, por las próximas generaciones, por nuestras formas de sentir, de querer, de gozar, por la idiosincrasia de cada pueblo, por su derecho a existir, a ser, a estar y a vivir en paz.
- Esta lucha no debe ni puede abandonarse, se deberán encontrar nuevas estrategias, generar acciones novedosas, sumar otras voluntades, pero seguir firmes en los objetivos propuestos.
- La Asamblea de Gualeguaychú ha plantado sí una bandera que ya no podrá ser ignorada por nadie.
- Quienes intentamos, con nuestras limitaciones, pensar desde nuevos paradigmas y mostrar que otra forma de vida es posible, saludamos con profundo reconocimiento al pueblo de Gualeguaychú en esta nueva etapa en la que podrán izar aún más alto esta bandera.

lunes, 19 de abril de 2010

Programa el 4to día

Cuando pedimos pruebas de los daños que provocan los agrotóxicos, ¿qué purebas estamos pidiendo?. ¿Qué más pruebas hacen falta?.
Se puede ver este video
http://www.youtube.com/watch?v=YZEw1EAJU8I

viernes, 9 de abril de 2010

Documento del GRR sobre el Fallo De la Corte Santafesina sobre el Municipio de San Jorge

EL RECIENTE FALLO SOBRE EL MUNICIPIO DE SAN JORGE EN LA PROVINCIA DE SANTA FE, Y LA VOLUNTAD DE MANTENER Y HACER CRECER EL MODELO SOJERO CON DESCONOCIMIENTO DEL PRINCIPIO PRECAUTORIO

El reciente fallo de Cámara en la Provincia de Santa Fe relativo al Municipio de San Jorge, ha merecido importantes espacios periodísticos, ha tenido inclusive, la tapa del diario gubernamental por excelencia, y ha estado en la agenda mediática durante más de una semana considerándoselo como un éxito que frenaría las fumigaciones y el uso irrestricto de tóxicos en la agricultura...
Como un hecho relevante el Juez Tristán Martínez sostenía que los demandados, o sea, los dueños de los campos, el Municipio de San Jorge y la Provincia de Santa Fe, deberían haberle acercado estudios propios y no simples remisiones sobre los impactos, y en una decisión valerosa, impuso la obligación de probar su defensa a quienes se encuentran en mejor posición para hacerlo y no a quienes alegan el daño, tal como en este caso son los vecinos de un barrio del municipio de San Jorge.
La Cámara expresa confirmar el fallo de primera instancia, pero en realidad, a nuestro juicio, lo revoca, aunque sea parcialmente, ya que transforma un fallo permanente en una medida cautelar...o sea provisoria.
la Cámara modifica la decisión del Juez y limita la prohibición de fumigar a un exiguo plazo de seis meses, que, coincide casualmente con la época de cosecha y post cosecha en que puede prescindirse de tales fumigaciones.


En tercer lugar, entendemos que la Cámara se permite desconocer el principio precautorio admitido por el Juez, a la vez que decide buscar las certezas necesarias, y para ello ordena producir un informe en forma conjunta al Gobierno de la Provincia de Santa Fe y a la Universidad del Litoral. No por separado, sino en conjunto, como obligando a una probable negociación política del informe, y obligando al Juez a pronunciarse nuevamente a la luz de lo que ese informe arroje, a pesar de ya haberse expedido el mismo en la línea de prohibir las fumigaciones.
 
Informe completo en: http://articulosmingache.blogspot.com/

miércoles, 7 de abril de 2010

Malvinas en la Bandera Nacional Argentina

Malvinas en la Bandera Nacional Argentina


Mientras la Bandera Argentina no pueda estar en las Malvinas, las Malvinas estarán en la Bandera Argentina.


(Declaración anterior a la entrada en vigencia del Tratado de Lisboa).
Desde la Junta Americana por los Pueblos Libres proponemos a los argentinos iniciar en 2010 un debate con miras a un plebiscito, para analizar la incorporación al diseño actual de la Bandera Nacional del mapa de las islas Malvinas, en color rojo como la banda roja de la Liga de los Pueblos Libres, por todo lo que ese símbolo tiene de arraigo en nuestra tierra.

La idea consiste en mantener los colores celeste y blanco y el sol incaico; pero añadir en el paño (y por el lapso que los pueblos determinen) una referencia clara a nuestras islas Malvinas: su mapa. Todo sostenido en este eslogan descolonizador, o declaración de principios: mientras la Bandera Argentina no pueda estar en Las Malvinas, Las Malvinas estarán en la Bandera Argentina.

Leer artículo completo y fundamentos en:

http://articulosmingache.blogspot.com/2010/04/malvinas-en-la-bandera-nacional.html